Dos viviendas a menos de 5 km, un tejado bueno en una de ellas y ganas de “compartir el sol”. Suena simple. En España hay dos caminos totalmente distintos y la gente los mezcla en la misma frase: autoconsumo colectivo a través de la red (reparto real de kWh con la distribuidora) y compensación / batería virtual de la comercializadora (saldo en euros en la factura). Si confundes uno con el otro, firmarás un contrato creyendo que “mandas electricidad al vecino” cuando en realidad solo estás vendiendo excedentes baratos a la red y jugando al monedero con la comercializadora.
Este artículo explica, sin humo comercial, cómo funciona una instalación fotovoltaica con consumo compartido entre dos viviendas, quién elige los coeficientes de reparto (spoiler: vosotros), qué trámites hay con i-DE / Iberdrola, cómo afecta la batería física a quien “presta” el tejado, y cuándo es rentable frente a la batería virtual.
| Autoconsumo colectivo ≤5 km | Batería virtual / compensación comercial | |
|---|---|---|
| Qué se mueve | kWh cada hora (coeficientes β + CAU) | Euros / saldo en factura |
| Quién decide el reparto | Los clientes (acuerdo de reparto firmado) | La comercializadora (condiciones del producto) |
| Quién aplica la cuenta | Distribuidora (p. ej. i-DE) | Comercializadora |
| Distancia 5 km | Sí importa (proximidad legal) | No es el criterio del producto virtual |
1. Qué es (y qué no es) el autoconsumo compartido entre dos viviendas
El marco general es el Real Decreto 244/2019: en el colectivo, la energía neta generada se reparte entre consumidores asociados con coeficientes β. No hace falta una comunidad de 40 vecinos: dos CUPS bastan (mismo dueño o dos familias).
Cuando las viviendas no comparten cuadro, la vía habitual es el autoconsumo colectivo a través de la red. La generación se mide; cada hora cada CUPS recibe su trozo según el acuerdo; lo que no consuma de ese trozo puede ser excedente individual y, si lo activáis, entrar en compensación simplificada en su factura.
No es un cable privado de A a B ni que “Iberdrola decida cuánto le toca a cada uno”. La red pública intermedia; la contabilidad la hace la distribuidora con los porcentajes que vosotros le habéis comunicado.
Viñeta 1 · Dos CUPS, un tejado
Padres en Elche + hijo a 3 km (mismo apellido, dos facturas)
Tejado bueno en casa de los padres (A). El hijo (B) tiene un ático sin cubierta útil. Acuerdan colectivo a través de red, β 65 % A / 35 % B porque A tiene bomba de calor y B teletrabaja de 10 a 14. Ese 65/35 no lo inventa i-DE ni la comercializadora: lo eligen ellos, lo firman y lo mandan en el fichero de coeficientes. Si el año que viene B pone aerotermia, pueden cambiar a 50/50 — de nuevo, ellos deciden; la distribuidora solo aplica el nuevo acuerdo cuando el papeleo está bien.
La distancia: de 500 m / 2 km a 5 km
El radio de “instalación próxima a través de red” se ha ido ampliando. El Real Decreto-ley 7/2026 impulsó de forma explícita hasta 5 km en supuestos de instalaciones de hasta 5 MW en cubiertas, suelo industrial o estructuras artificiales cuyo fin principal no sea generar electricidad. Si estás a 40 km (chalet en la costa), no entras por el colectivo regulado: ahí la conversación es batería virtual multi-suministro, no β y CAU.
| Situación | ¿Colectivo a través de red? | ¿Batería virtual multi-CUPS? |
|---|---|---|
| Dos casas a 1,2 km, tejado en una | Sí (si cumple proximidad vigente) | Opcional para el excedente residual |
| Dos casas a 4,5 km (supuesto 5 km aplicable) | Sí, con chequeo legal del caso | Opcional |
| Vivienda + segunda residencia a 80 km | No por distancia | Sí, si el producto de la comercializadora lo permite |
| Mismo edificio, red interior común | Otra tipología (red interior), no es el foco de este texto | Independiente |
2. Coeficientes β: los elige el cliente (no Iberdrola, no i-DE, no el instalador “por decreto”)
¿Quién puede proponer números? El instalador o el gestor de autoconsumo pueden recomendar un reparto mirando curvas de consumo. Pero la decisión y la firma son vuestras. Si el instalador mete un 90/10 “porque le conviene al que paga la obra” y vosotros firmáis sin mirar, el problema no es i-DE: sois vosotros.
| Actor | ¿Elige los β? | ¿Qué hace de verdad? |
|---|---|---|
| Clientes (titulares CUPS) | SÍ — deciden y firman | Acuerdo de reparto, % o perfil horario, cambios futuros |
| Instalador / gestor de autoconsumo | No (solo asesora y prepara papeles) | Simula consumos, redacta acuerdo, genera fichero .txt, empuja expediente |
| i-DE (u otra distribuidora) | No | Valida formato, aplica β en lecturas, activa el colectivo |
| Iberdrola u otra comercializadora | No (en el reparto regulado) | Adapta contrato, compensación o batería virtual de excedentes |
Ejemplo numérico (hora soleada)
Generación medida: 10 kWh en esa hora. Vosotros elegisteis βA=0,70 y βB=0,30:
| Vivienda A (70 %) | Vivienda B (30 %) | |
|---|---|---|
| Generación asignada | 7 kWh | 3 kWh |
| Consumo de la hora | 5 kWh | 4 kWh |
| Autoconsumo de su trozo | 5 kWh | 3 kWh |
| Excedente de su trozo | 2 kWh (de A, no de B) | 0 |
| Compra a red | 0 | 1 kWh |
Si hubierais elegido 50/50, la tabla cambia entera. Misma planta, mismo sol, otro acuerdo = otro resultado en factura. Por eso el reparto es una decisión de cliente, no un detalle técnico menor.
Viñeta 2 · El reparto lo escribís vosotros
“¿Iberdrola me va a poner el 50/50?”
No. Iberdrola (comercializadora) ni siquiera es quien reparte los kWh del colectivo. i-DE reparte según el fichero que salió de vuestro acuerdo. Si en el acuerdo pusisteis 80/20 porque A pagó el 80 % de la instalación, la factura reflejará 80/20 — aunque un comercial de la luz os diga en el teléfono que “lo normal es a medias”. Lo normal es lo que firmasteis.
Los coeficientes pueden ser:
- Fijos: mismo % todo el año (simple, ideal para dos viviendas).
- Variables por hora: un perfil distinto cada hora del año (fichero anual, Orden TED/1247/2021). Más fino, más mantenimiento cuando cambian hábitos.
Cambiar β no es un WhatsApp a la comercializadora: es nuevo acuerdo firmado por quien corresponda + nuevo fichero + activación en la ventana que marca la norma (típicamente a inicio de mes según cuándo entre la documentación completa).
Viñeta 3 · Tres repartos posibles (misma instalación)
Cómo el cliente dibuja el negocio
| Criterio que elegís | Ejemplo β A / B | Tiene sentido cuando… |
|---|---|---|
| Quien pagó la obra | 80 % / 20 % | A financió casi todo; B solo “se apunta” |
| Consumo real medido | 55 % / 45 % | Queréis maximizar autoconsumo de los dos |
| A medias por acuerdo familiar | 50 % / 50 % | Mismo esfuerzo económico y consumos parecidos |
Ninguna de esas tres filas es “la legal”. Las tres son legales si suman 100 % y están firmadas. La legal es la vuestra.
3. Trámites burocráticos necesarios (checklist realista)
| # | Paso | ¿Quién lo mueve? | Notas |
|---|---|---|---|
| 1 | Acuerdo privado: quién paga, mantiene, asegura, qué pasa si se vende la casa | Clientes (+ abogado si hace falta) | La distribuidora no interviene |
| 2 | Elección de coeficientes β y firma del acuerdo de reparto | Clientes | Core del colectivo |
| 3 | Proyecto / memoria + instalación REBT | Instalador habilitado | Protecciones, unifilar, anti-isla |
| 4 | CAU (código de autoconsumo) | Instalador / gestor + DSO | Identifica el “club” de reparto |
| 5 | Acceso y conexión si no exento; expediente de colectivo | Instalador ↔ distribuidora | Aunque AyC esté exento, el colectivo suele abrir expediente de reparto |
| 6 | Legalización CCAA (CIE, registro) | Instalador | Sin el OK de industria, no hay alta real |
| 7 | Fichero CAU_AAAA.txt de coeficientes | Gestor / instalador a partir de lo que firmasteis | Formato orden TED |
| 8 | Comunicación a distribuidora + adaptación de contrato de cada CUPS | Gestor / comercializadoras | Cada vivienda adapta su ATR/contrato |
| 9 | Compensación o batería virtual del excedente residual | Cada cliente con su comercializadora | Opcional; no sustituye los β |
Plazos reales (no los del PowerPoint)
| Fase | Orden de magnitud |
|---|---|
| Obra física unifamiliar | Días o pocas semanas |
| Legalización + activación colectivo en zona i-DE | Con frecuencia 2–6 meses de idas y vueltas |
| Cambio de β a mitad de vida | Nuevo acuerdo + fichero + ventana de activación (no es “para mañana”) |
Viñeta 4 · El atasco típico
Todo montado en el tejado, cero en la factura de B
La planta produce. A ve algo de autoconsumo. B sigue pagando como si no existiera el colectivo. Causa habitual: el acuerdo no llegó bien a i-DE, el .txt tenía un CUPS mal, o la CCAA aún no ha notificado. No se arregla llamando al call center de “Iberdrola luz” si el cuello de botella es la distribuidora o Industria. Se arregla cerrando el expediente de colectivo.
4. Burocracia con Iberdrola: separa comercializadora y distribuidora
| i-DE (distribuidora) | Iberdrola u otra comercializadora | |
|---|---|---|
| Rol en el colectivo | Medida, CAU, expediente, aplicar los β que enviasteis, fecha de alta | Adaptar contrato de cada CUPS, facturar, compensación / batería virtual |
| ¿Elige coeficientes? | No | No |
| Atascos típicos | .txt mal, firmas incompletas, falta notificación CCAA, CUPS confusos | Aún no le ha llegado el alta; mezcla colectivo con producto de excedentes |
| A quién empujar | Expediente de autoconsumo colectivo / canal instalador-gestor | Solo cuando i-DE ya ha activado |
| Nivel de burocracia | Qué implica |
|---|---|
| Individual ≤15 kW suelo urbanizado | Acotado (tampoco es plug & play) |
| Colectivo 2 viviendas | Multiplica interlocutores (2 titulares × comercializadora + DSO + CCAA + instalador) |
| Colectivo + batería + cambios de β | Mini-proyecto administrativo continuo |
Truco práctico: no es obligatorio que las dos viviendas tengan la misma comercializadora, pero unificar al principio reduce el circo. Y recordad: el reparto de kWh lo aplica i-DE con vuestros coeficientes, no el chat de la app de la luz.
5. Autoconsumo colectivo ≤5 km vs batería virtual compartida
| Colectivo regulado (red, ≤5 km) | Batería virtual / compensación comercial | |
|---|---|---|
| Objeto | kWh horarios a cada CUPS | Saldo en € por excedentes valorados |
| Quién fija el “reparto” | Los clientes (β) | La comercializadora (T&C del producto) |
| Documento clave | Acuerdo de reparto + CAU + .txt | Contrato / alta del servicio virtual |
| Distancia | Requisito legal de proximidad | La que acepte el producto (a menudo multi-CUPS del mismo NIF sin radio 5 km) |
| Valor del kWh “extra” | Primero evita comprar red (caro de evitar); residual se compensa barato | Pocos céntimos → monedero; a veces topes o caducidad |
| Riesgo de marketing | Bajo si se habla de β y CAU | Alto: se vende como “compartes energía” cuando compartes descuento |
| ¿Sustituye al otro? | — | No. Puede complementar el excedente del colectivo, no reemplazar los β |
Viñeta 5 · Misma familia, dos productos
Colectivo para el piso de al lado; virtual para el chalet de la costa
A y B a 2 km → colectivo con β 60/40 elegidos por ellos. A también tiene un chalet a 200 km → ese CUPS no entra en el CAU del colectivo; si acaso, excedentes de A (tras el reparto) alimentan una batería virtual de la comercializadora que descuenta la factura del chalet. Dos mecanismos, dos lógicas, dos contratos. Mezclarlos en una sola frase es como mezclar hipoteca y tarjeta de puntos del súper.
6. Cómo afecta la batería física a la vivienda que “presta” el tejado
| Configuración | Qué pasa con el sol de mediodía | Quién gana más |
|---|---|---|
| Batería en A (casa del tejado) | PV → carga de A → batería de A → solo el resto se vuelve generación neta repartible | A (salvo que rediseñéis medida y acuerdo) |
| Batería en B | B solo carga con su trozo β + red; no chupa la batería de A | B solo si su β y su curva lo permiten |
| Almacenamiento en el perímetro colectivo | Descarga repartida según β (si la medida está bien hecha) | Según el acuerdo — exige ingeniería seria |
| Sin batería física + virtual en comercializadora | Más vertido; el monedero virtual no mueve electrones a B en tiempo real | Depende del precio del excedente (suele ser flojo) |
Viñeta 6 · La batería “egoísta”
A pone 15 kWh de batería y deja a B con migajas
Firmasteis β 50/50 creyendo que “a medias es justo”. Pero A cargó la batería toda la mañana. La energía neta que llega al reparto se hunde. B ve un 50 % de casi nada. El 50/50 en el papel no se rompió; se vació el botellín antes de repartir. Solución: simular β con batería, bajar capacidad, o subir el β de B si el trato moral era compartir sol útil — decisión de nuevo de los clientes, no de la comercializadora.
7. ¿Es rentable? Tablas de orden de magnitud
| Tipo de kWh | Valor orientativo (2026) | Comentario |
|---|---|---|
| Autoconsumido (evitas comprar red) | Orden de 0,15–0,30 €/kWh | El oro del sistema |
| Excedente a compensación / virtual | A menudo pocos céntimos | La basura del sistema (útil, no milagrosa) |
| Escenario | ¿Suele compensar el colectivo 2 viviendas? |
|---|---|
| Tejado excelente en A, tejado imposible en B, <5 km, consumos diurnos en ambas | Sí |
| Mismo propietario, dos CUPS, β elegidos a conciencia | Sí (caso limpio) |
| B vacía todo el día (segunda residencia sin cargas) | Dudoso — sobran kWh baratos |
| A con batería enorme y β de B “de adorno” | No para B; A se queda el pastel |
| Os venden virtual disfrazado de colectivo a 5 km | Revisa el contrato — puede ser solo monedero |
| Nadie empuja el expediente i-DE | No — inversión dormida meses |
Viñeta 7 · Excel vs vida real
“Factura cero en las dos casas”
Promesa de folleto. Realidad: con β bien elegidos y sin batería egoísta podéis bajar mucho las dos facturas; “cero” en las dos a la vez casi nunca cierra sin hábitos diurnos, potencia contratada revisada y un año de datos. Si alguien os lo garantiza sin ver curvas horarias, está vendiendo ilusión, no ingeniería.
8. Paso a paso (si de verdad queréis las dos viviendas en el reparto)
| Paso | Acción | Dueño de la decisión |
|---|---|---|
| 1 | Curvas horarias de A y B (no solo “pago 100 € al mes”) | Clientes + instalador |
| 2 | Verificar distancia y supuesto de proximidad vigente | Instalador / técnico |
| 3 | Elegir β (fijos simples p. ej. 60/40) simulando con y sin batería en A | Clientes |
| 4 | Contrato privado: dinero, mantenimiento, venta de la casa | Clientes |
| 5 | Obra + legalización con un solo interlocutor técnico | Instalador |
| 6 | Acuerdo + fichero a la distribuidora hasta ver autoconsumo en las dos facturas | Gestor / instalador (con vuestra firma) |
| 7 | Solo entonces: compensación o virtual del residual | Cada cliente con su comercializadora |
9. Preguntas frecuentes
| Pregunta | Respuesta corta |
|---|---|
| ¿Quién elige los coeficientes? | Los clientes / titulares de los CUPS, en el acuerdo de reparto. |
| ¿Puede imponerlos Iberdrola o i-DE? | No. Los aplican; no los deciden. |
| ¿Dos viviendas del mismo dueño? | Sí; de los casos más limpios. |
| ¿Misma comercializadora obligatoria? | No para el reparto regulado; sí recomendable en la práctica. |
| ¿La batería virtual sustituye al colectivo de 5 km? | No. Es otro producto (monedero de excedentes). |
| ¿Y si B se baja el año que viene? | Nuevo acuerdo y nuevos β; no se apaga solo sin papeleo. |
| ¿50/50 es lo legal? | Legal es lo que firméis sumando 100 %. El 50/50 es solo una opción. |
Conclusión
Compartir una fotovoltaica entre dos viviendas a menos de 5 km es real y puede ser muy interesante. El corazón del sistema no es el eslogan de “comunidad solar” de la comercializadora: es el reparto horario de kWh con la distribuidora según unos coeficientes que elegís y firmáis vosotros. La batería física en la casa del generador prioriza a esa casa salvo que el diseño diga lo contrario. La batería virtual es un monedero de excedentes: útil, secundario, y fácil de confundir con el colectivo.
En A Todo Sol simulamos curvas, os proponemos opciones de β — y decidís vosotros — y empujamos el papeleo de la distribuidora hasta que las dos facturas digan la verdad. Si tienes dos CUPS a menos de 5 km y un tejado que sobra, hablemos con números, no con promesas.
Marco de referencia: RD 244/2019 (autoconsumo y reparto por acuerdo de los consumidores asociados), Orden TED/1247/2021 (coeficientes horarios), guías IDAE de autoconsumo colectivo, procedimientos de i-DE, ampliación de proximidad impulsada por el RDL 7/2026. La normativa y los productos comerciales cambian: valida el estado vigente en la fecha de tu alta. Artículo informativo; no sustituye proyecto técnico ni asesoría jurídica del caso concreto.